R: Con base en el Acuerdo 082, artículo 4, las personas interesadas en realizar donaciones a la Oficina de Bibliotecas y Recursos Educativos deberán remitir electrónicamente los siguientes datos de los títulos que desean donar:
Título, Autor, Editorial, ISBN / ISSN, cantidad de ejemplares.
Se solicita esta información, debido a que se debe realizar el proceso de revisión en el catálogo público para verificar la existencia o no del título en donación, así como tener datos para hacer la valoración bibliográfica del mismo. Este proceso se realiza con el fin de optimizar el espacio físico, pues, tenemos problemas de almacenamiento del material bibliográfico y estantería insuficiente.
Por último, no recibimos fotocopias, catálogos comerciales, directorios, folletos, publicaciones gubernamentales disponibles en internet, etc.